Este Tribunal Mixto, bajo la dirección de la Juez Presidente de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión del Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda: Primero: Se declara con lugar la Admisión de los Hechos efectuada por el ya mencionado acusado en esta Audiencia de debate oral y público se establece que el delito cometido por el acusado es el de ROBO SIMPLE EN LA MODALIDAD DE ARREBATON previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal; este TRIBUNAL MIXTO DE JUICIO NRO. 03 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, condena al acusado: JHONY LEONARDO MONSALVE, Venezolano, natural de El Vigía, nacido en fecha 28-11-82, de 21 años de edad, estado civil soltero, de profesión obrero, titular de la cedula de identidad V- 16.742.052, hijo de María Monsalve (v) José Humberto Bracho (v), domiciliado en Sector La Blanca, Barr.....