ESTE TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: En cuanto a los hechos admitidos por el acusado LUIS ALBERTO FONSECA DAVILA, por el DELITO DE PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, cometido en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO y el segundo de los mencionados previsto y sancionado en el articulo 470 del código penal, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. En consecuencia, se condena al acusado LUIS ALBERTO FONSECA DAVILA, A CUMPLIR LA PENA DE TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley correspondiente establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos DE PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: En cuanto a la solicitud efectuada por la Defensa Pública, en relación a la re.....