ESTE TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO N° 04 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 49.4 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en armonía con lo dispuesto en el artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal adminiculado con lo establecido en el articulo 86 numeral 7 ibidem, me inhibo de conocer en la presente causa seguida contra los acusados ANGELICA MARIA SARMIENTO CARRILLO, NESTOR YESID AGUILAR OSORIO y EDUARDO TERREROS BRAVO. SEGUNDO: Se ordena la apertura de un cuaderno separado de inhibición, anexando copia certificada de los folios consta en la causa de la pieza Nº 01 en el folio 180 al 199, en fecha 03 de Septiembre 2007, de la audiencia con motivo de prorroga solicitada por el ministerio público y revisión de medida .....