este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley REVOCA EL DESTACAMENTO DE TRABAJO, que como, formula alternativa de cumplimiento de Pena otorgado al penado CARLOS LUIS NAVAS, venezolano, 39 años de edad, casado, cédula de Identidad N° 8.836.022, residenciado en Vivienda populares, Los Guayos, Sector II, Vereda 6, Casa N° 03, Valencia Estado Carabobo. Y por cuanto dicho penado abandonó el Centro de Pernocta, desconociéndose su paradero, considerándose fugado, se ACUERDA LIBRAR ORDEN DE CAPTURA, a cuyo efecto, oficiese a los Organismos Policiales Competentes del Estado Mérida, para que se haga efectiva la misma. De conformidad con el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se Acuerda que una vez sea capturado el penado se haga trasladar a éste Tribunal de Ejecució.....