éste Tribunal en funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad No 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión El Vigía , ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EXTINGUIDA LA ACCION PENAL, por muerte del penado LUIS ENRRIQUE CONTRERAS CABALLERO, quien era venezolano, de treinta años de edad, soltero, chofer, portador de la cédula de identidad N° V-13.281.733, natural de Tovar Estado Mérida, nacido el día 01-10-1972, domiciliado Mucujepe, jurisdicion de la Parroquia Hector Amable Mora del Municipio Alberto Adriani, de conformidad con lo previsto artículo 48 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 103 del Código Penal. De igual manera este Tribunal se abstiene de ordenar la remisión del expediente al Archivo Judicial de este Circuito, por cuanto la misma continúa con respecto a los penados LUIS QUINTERO JAIME Y ALVIS ENRIQUE LEAL. Notifíquese a las .....