este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE. PRIMERO: El Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en fecha 12 de febrero de 2007, acordó la destrucción de las evidencias incautadas en la presente causa, las cuales son:1) UN (01) ARMA DE FUEGO, que según el sistema de sus mecanismos reciba el nombre de "REVOLVER", sin marca aparente ni lugar de fabricación, calibre 32, el mismo se le observa en la parte inferior de la empuñadura, el serial número 122141 y en el tambor el serial 1062, dicha arma se encuentra totalmente limada, carece de empuñadura, mecanismos de disparo en su totalidad y el extractor de los proyectiles, el mismo se encuentra en mal estado de uso y funcionami.....