Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 02, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: REVOCA, el beneficio de RÉGIMEN ABIERTO, como formula alternativa del cumplimiento de pena al penado IVAN DARIO BATECA RANGEL, colombiano, titular de la cédula de ciudadanía N° 5.493.423, natural de Toledo, Norte de Santander, República de Colombia, nacido en fecha 04-10-1.970, de 37 años de edad, concubino, obrero, hijo de Elis Zain Bateca (v) y de Paulina Rangel (v), residenciado en Los Patios, Barrio El Llanito, Calle 4 u 8, Casa Nº K-111-5 ò 12, Cúcuta, Norte de Santander, República de Colombia, en la causa que se le sigue por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÌCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consu.....