Este Tribunal en funciones de Control N° 02 Sección Penal de Adolescentes, ADMINSITRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: UNICO: DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD hecha por el Ministerio Público, como lo es la de decretar la detención preventiva del adolescente INFORMACIÓN OMITIDA, la presente decisión se fundamenta en los artículos 44 numeral 1° Constitucional, artículo 37 de la LOPNA, artículo 9 del COPP. Notificación al Ministerio Público. Cúmplase.
LA JUEZA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02,
ABG. YOLY CARRERO MORE
LA SECRETARIA,
ABG. MERLE MORY
En la misma fecha se libro boleta de Notificación al Misterio Público N° c2-_________-05.
SRIA. MERLE MORY
Causa N° s2-453-05