DISPOSITIVA
Por mérito de lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO A FAVOR DE IDENTIDAD OMITIDA; por los hechos que constituyen la base fàctica de la imputación fiscal y que se circunscriben a lo siguiente: El día 24 de diciembre del año 2006, a las 2:40 a.m., el acusado, junto con dos (2) personas mas, destrozaron un aviso luminoso que se encontraba instalado en una parada de transporte público, ubicada en la avenida Las Amèricas , frente al Centro Comercial Glorias Patrias de esta ciudad de Mérida.
Fundamento Jurídico: artículos, 2, 26, 49 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 318 ordinal 3º del Código Orgánico Proces.....