DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Juicio Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con el artículo 603 de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República por Autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: CONDENA como autora a la adolescente omitida, y como cómplices a la adolescente omitida por la comisión del delito de HURTO SIMPLE PERVISTO EN EL ARTÍCULO 451 Y 84.3 DEL Código Penal, en perjuicio de María Flores sancionado en el artículo 620 literal "b" y "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente a cumplir la sanción de REGLA DE CONDUCTA Y SERVICIO COMUNITARIO en los términos antes mencionados.
SEGUNDO: En atención al principio Constitucional de gratuidad de la Justicia no se condena al pago de las costas procesales de conformidad al artículo 26 de la Constitución Bolivariana de Venezuela. TERCERO: Se declara l.....