DISPOSITIVA
Por mérito de lo expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 01, DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA a: IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión como autor del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVISIMAS, previsto en el artículo 417 del Código Penal.
Le impone las medidas previstas en el artículo 620 literales "a y c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistente en AMONESTACIÓN y SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por el término de cuatro (4) meses, a razón de cuatro (4) horas semanales, bajo la supervisión de la persona que designe el Juez de Ejecución competente.
El sentenciado queda exento de pago de costas procesales de conformidad con los artículos 483 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 26 de la Constitución de la Repú.....