EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA EL ACUERDO CONCILIATORIO y en consecuencia, acuerda SUSPENDER EL PROCESO A PRUEBA, por el termino de (03) meses contados a partir de la presente resolución, venciendo dicho término el día veintidós (22) de junio del dos mil cinco (2005); fecha después de la cual la ciudadana Fiscal deberá solicitar el sobreseimiento definitivo si el adolescente ha cumplido con las obligaciones pactadas; en caso contrario se reanudara el proceso.
En virtud del acuerdo al cual arribaron las partes, se establecieron las siguientes obligaciones: PRIMERO: El adolescente se compromete a no agredir ni física ni verbalmente, ni por ni por interpuestas personas, a la victima PEDRO ANTONIO SALAS . --------------------------------------
SEGUNDO: El adolescente se compromete a realizar una labor social de acuerdo a sus aptitudes y destrezas, la cual será asignada por la Trabajadora Social adscrita a esta Sección Penal de Ado.....