DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Juicio Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con el artículo 603 de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República por Autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: CONDENA como autor al adolescenteomitida, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA previsto en el artículo 458 y 277 del Código Penal, sancionado en el artículo 620 literal "f" y 628 parágrafo segundo letra "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente a cumplir la sanción de como sanción de privación de libertad el lapso de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES, La privación de libertad deberá cumplirla en el Instituto Nacional del Menor, seccional, Mérida. Líbrese Boleta de privación de libertad.
SEGUNDO: En atención al principio Constitucional de gratuidad de la Justicia no se condena al p.....