PRIMERO: Declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano LUÍS BAUTISTA BÁRCENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 3.329.999, debidamente asistido por los abogados en ejercicio BETTY JOSEFINA RONDÓN y ALFONSO LEÓN AVENDAÑO, contra la sentencia de fecha 22 de febrero de 2010, proferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en el juicio signado con el número 27.831, de la nomenclatura propia de ese Tribunal, en el procedimiento incoado por la ciudadana JOSEFINA ROJAS DE GARCÍA, contra el ciudadano LUÍS BAUTISTA BÁRCENAS, que tiene por motivo el cumplimiento de contrato de arrendamiento, por la violación del principio de la doble instancia, el debido proceso y el derecho a la defensa, al actuar fuera de los límites de su competencia, establecidos en los artículos 49 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
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