En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR las inhibiciones formuladas en fechas 04 de agosto de 2022 y 30 de septiembre de 2022, que obran agregadas a los folios 568 y 573, respectivamente, por las prenombradas Juezas del Juzgado Superior Segundo y Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, abogadas FRANCINA M. RODULFO ARRIA Y YOSANNY CRISTINA DAVILA OCHOA, respectivamente, para seguir conociendo en alzada de la apelación a que se contrae el presente expediente.