GADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, doce (12) de mayo de dos mil ocho (2008).
198° y 149°
Mediante diligencia de fecha 08 de mayo de 2008 (folio 64), la abogada MARÍA AUXILIADORA IZARRA SÁNCHEZ, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte actora-apelante, desistió del procedimiento y del recurso de apelación que interpusiera en fecha 10 de enero de 2008, el cual obra al folio 47, contra el auto de fecha 07 de enero de 2008, proferido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial (folio 46). Ahora bien, por cuanto del instrumento poder que obra a los folios 4 al 6 del expediente principal, se evidencia que dicha abogada, de conformidad con el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil, tiene facultad expresa para desistir; y en atención a que el juicio en que se suscitó la presente incidencia, vers.....