PRIMERO: Declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de hecho presentado en fecha 15 de febrero de 2013, por la abogada MIRIAM DEL VALLE BRICEÑO ÁNGEL, apoderada judicial de la ciudadana RUXIN LEE DE ARMAND, en su condición de recurrente de hecho, contra el auto de fecha 1º de febrero de 2013, mediante el cual el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, negó la admisión del recurso de apelación ejercido contra la decisión definitiva de fecha 11 de enero de 2013, en el juicio seguido contra los ciudadanos
LUZ JOSEFINA FLORES SOSA, CARLOS GERARDO FLORES SOSA, JOSÉ GERMÁN FLORES MALDONADO Y LUZ MARÍA SOSA DE FLORES, por cumplimiento de pago de arrendamiento.
SEGUNDO: Por la naturaleza del recurso, no se hace especial pronunciamiento sobre costas.
TERCERO: Remítase copia certificada de la presente decisión al Tribunal de origen en su oportunidad.