PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de hecho ¬interpuesto en fecha 19 de mayo de 2011, por la abogada ANA JULIA GAVIDIA CASTILLO, en su condición de coapoderada judicial del ciudadano EMIRO ARGENIS MANRIQUE LACRUZ, contra la providencia de fecha 06 de junio de 2011, mediante la cual el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, admitió en el sólo efecto devolutivo, el recurso de apelación intentado por la apoderada judicial de la hoy recurrente, contra la decisión de fecha 17 de mayo de 2011, en el juicio que por divorcio ordinario interpuso la ciudadana MARÍA AMACILIS MÉNDEZ PINO, contra el ciudadano EMIRO ARGENIS MANRIQUE LACRUZ.
SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, y con base en las consideraciones expuestas en la parte motiva de la presente sentencia, se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la mencionada providencia de fecha 06 de junio de 2011, la cual admitió en el solo ef.....