PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de regulación de competencia, interpuesta en fecha 02 de marzo de 2015, por la ciudadana ISBETH ANDRADE GUERRERO, en su condición de Gerente de Negocios de la Agencia ubicada en la Oficina Viaducto, Mérida, Estado Mérida, correspondiente a la entidad bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL C.A., parte demandada, debidamente asistida por el abogado RAFAEL ERNESTO SERRANO QUINTERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 81.604, como medio de impugnación de la sentencia interlocutoria de fecha 26 de enero de 2015, mediante la cual el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, declaró sin lugar la cuestión previa de incompetencia territorial, contemplada en el ordinal 1º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio seguido por el ciudadano AMÉRICO JOSÉ ROMERO GUTIÉRREZ, contra la entidad bancaria BANCO OCCIDENTA.....