Se dicto sentencia definitiva en la presente causa en los siguientes terminos: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesta en fecha el 15 de mayo de 2018, por la profesional del derecho LEYDI SERRANO CUBEROS, en su carácter de coapoderada judicial de la parte demandada, ciudadano BARTOLOMÉ GIL OSUNA; contra la sentencia definitiva de fecha 16 de abril de 2018, proferida por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el juicio seguido por los ciudadanos MAGALY DEL CARMEN QUINTERO NIETO y JESÚS ALBERTO NIETO AGELVIZ, contra el apelante, por resolución de contrato de opción a compra-venta,en consecuencia, se declara con lugar la demanda interpuesta por los ciudadanos MAGALY DEL CARMEN QUINTERO NIETO y JESÚS ALBERTO NIETO AGELVIZ, contra el ciudadano BARTOLOMÉ GIL OSUNA; se resuelve el contrato de opción de compra-venta celebrado entre ambas partes en fecha 13 de jun.....