En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, actuando en sede de civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición formulada en fecha 17 de julio de 2018, por el prenombrado Juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, abogado CARLOS ARTURO CALDERÓN GONZÁLEZ, para seguir conociendo del juicio surgido por la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL Y RESIDENCIAS MAYEYA, contra INVERSIONES TURÍSTICAS SADITUR S.A., por prescripción adquisitiva, contenido en el expediente distinguido con el guarismo 29.551 de la numeración propia de dicho Tribunal.