Se declaró funcional, material y territorialmente competente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, para conocer y decidir, en primera instancia, de la solicitud de declaratoria de únicos y universales herederos del causante ANGEL MARÍA LEÓN SALCEDO, e instrucción a tal efecto de justificativo de testigos formulada, con fundamento en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, por el ciudadano JAVIER RAMÓN LEÓN GUERRERO, en escrito de fecha 23 de noviembre de 2005. Quedó dirimido el conflicto negativo de competencia suscitado.