DISPOSITIVA
Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus Leyes declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN, intentada por el co-demandado ciudadano PABLO ALCIBIADES AVENDAÑO LEÓN, anteriormente identificado, sobre la partición incoada por la parte actora. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: CON LUGAR LA PARTICIÓN intentada por la parte actora ciudadano HECTOR GERARDO AVENDAÑO LEÓN, en consecuencia se ordena conforme al segundo aparte del artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, emplazándose a las partes para el nombramiento del partidor. Y ASI SE DECIDE
TERCERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena al co-demandando ciudadano PABLO ALCIBIADES AVENDAÑO LEÓN, al pago de las costas procesales. Y ASÍ SE DECIDE.
CUART.....