DECISIÓN
Por las razones que anteceden este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: IMADMISIBLE la demanda por PRESCRIPCION ADQUISITIVA, incoada por los ciudadanos MARIA LOURDES RONDON PEÑA, ISRAEL DAVID PRIETO RONDON Y VICTOR MANUEL PRIETO RONDON venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 3.767.803, V-13.097.492 y V-13.500.053 respectivamente, divorciada la primera y solteros los segundos, de este domicilio, representados por el abogado en ejercicio ISRAEL DAVID PRIETO RONDON, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 115.851, contra el ciudadano VICTOR MANUEL PRIETO RIVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.992.415, todos debidamente identificados en autos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 341, en concor.....