En merito de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Constitución y sus Leyes, declara:
PRIMERO: CON LUGAR EL INTERDICTO DE AMPARO PERTURBATORIO incoado por los ciudadanos WILHELMUS A. VAN KESSEL y MATINUS H. KONINGS, a través de su apoderado judicial abogado ANDRÉS RAMÓN MATOS ROSALES, contra los ciudadanos BRUNILDE ELIZABETH MARRERO y JOSÉ ANTONIO SERRANO, todos identificados en este fallo. En consecuencia, se ordena a los querellados antes mencionados, el cese de los actos perturbatorios materializados en el cambio de cerraduras cilindros y candados que dan acceso a la puertas de entrada de la casa-quinta LACIMÓN y mantener a los ciudadanos WILHELMUS A. VAN KESSEL y MATINUS H. KONINGS, en la posesión que venían ejerciendo sobre el inmueble consistente en un t.....