JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veintiocho de marzo del dos mil siete.
196º y 148º
Por cuanto del cómputo anterior, se desprende que desde la última actuación que fue el día 22 de septiembre de 1998, exclusive, fecha de la ultima actuación del tribunal, tal y como del folio 54 del expediente, hasta el día de hoy, inclusive, han transcurrido aproximadamente OCHO AÑOS, DOS MESES Y VEINTIOCHO DIAS CONSECUTIVOS, sin que la parte actora le haya dado impulso procesal para la prosecución de la presente causa. En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus Leyes, de conformidad con el ordinal 1º del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguida la instancia en el presente p.....