PRIMERO: EXTINGUIDO EL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el artículo 354 del Código de Procedimiento Civil, produciéndose los efectos del articulo 271 ejusdem.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante por resultar totalmente vencida, de conformidad con lo establecido en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Por cuanto la decisión sale dentro lapso legal no se requiere la notificación de las partes.
CUARTO: Publíquese la presente decisión en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia.