PRIMERO: Se decreta medida autónoma de protección a la actividad ganadera a favor de la ciudadana VICTORIA RODRIGUEZ DE URBINA, de conformidad con el artículo 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; artículos 196 y 243 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, sobre el fundo Santa Rosa, ubicado en el sector La Uva, jurisdicción del Municipio Andrés Bello del Estado Mérida, para evitar la lesión y destrucción a la producción ganadera y, en consecuencia ordene a cualquier autoridad se abstenga de practicar cualquier medida ejecutiva, ejecución de cualquier sentencia o cualquier acto judicial que conlleve a la disposición o desalojo del referido inmueble, a fin de que la mencionada ciudadana, continúe su actividad pecuaria durante dos (2) años a partir de la publicación de la presente decisión. Así se decide. SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior, se ordena oficiar al Comando de la Guardia Nacional, Puesto La Azulita del Estado Mérida, para que .....