El tribunal declaró la validez de la decisión dictada en fecha 26 de octubre de 2010, mediante la cual declinó la competencia, y demás actuaciones cumplidas en este proceso por ante el Juzgado Tercero de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, y consecuencialmente, se ordenó la admisión de la presente demanda por auto separado.