El Tribunal decretó medida de protección a la producción, solicitada por el ciudadano ACACIO DURAN RANGEL, asistido por el abogado MANUEL SALVADOR UZCATEGUI JIMENEZ, para que se abstenga de realizar cualquier amenaza de paralización, ruina, desmejoramiento o destrucción de la actividad agrícola que se desarrollan en el lote de terreno. Asímismo, ordenó notificar al ciudadano RODRIGO ROJAS, abstenerse de realizar actos de perturbación o paralización, sean por él o a través de terceros, cualquier amenaza de paralización, ruina, desmejoramiento o destrucción de la actividad agrícola que se desarrollan en el lote de terreno, ubicado al pie de la loma las Quebraditas, jurisdicción del Municipio Libertador del Estado Mérida. Y ordenó oficiar al Comando de la Guardia Nacional del Municipio Libertador del Estado Mérida; y a la Policía del Municipio Libertador del Estado Mérida, para que sean garantes del cumplimiento de dicha medida.