El Tribunal Accidental dictó sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva en la presente causa, y
DESCONOCIO la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en el expediente Nº 1234, por Cumplimiento de Contrato de Compraventa, por demanda incoada por el abogado TITO LIVIO VOLCANES DÁVILA, en su propio nombre y representación y actuando como apoderado judicial de la empresa "ALMACENADORA PICO DEL ÁGUILA S.R.L.", hoy C.A., contra la empresa "CORPORACIÓN DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AGRÍCOLAS S.A." (LA CASA S.A.), de fecha 30 de junio de 1998. Asimismo, se declaró INCOMPETENTE, y por tanto, declinó la competencia para el conocimiento del asunto que aquí se ventila como Tribunal de Primera Instancia, en el Tribunal Superior Regional Agrario competente por la ubicación del inmueble, es decir, en el JUZGADO SUPERIOR CUARTO AGRARIO DE LOS ESTADOS BARINAS Y MÉRIDA, CON SEDE EN BA.....