El Tribunal decretó medida provisional de protección a la producción, solicitada por el ciudadano EDILBERTO ROCHA NONDEDEU, asistido por la abogada MARIA ANTONIA PARRA DE RINCON, para evitar la lesión, paralización, destrucción o desmejoramiento a la producción y en consecuencia ordena a cualquier autoridad se abstenga de practicar cualquier medida ejecutiva, ejecución de cualquier acto judicial que conlleve a la desposesión o desalojo del lote de terreno ubicado en la aldea El Salado, jurisdicción del Municipio Santos Marquina del Estado Mérida, hasta tanto sea reubicado en tierras de mejor o igual calidad; y, ordenó al ciudadano ENRIQUE MENDOZA CONTRERAS, en su condición de Presidente de la Asociación Civil "Habitat El Oquedal", se abstenga de practicar cualquier medida ejecutiva o de ejecución que conlleve a la desposesión o desmejoramiento de la vía de penetración que da acceso a la propiedad del solicitante para dar paso a la producción de papa y de esa manera facilitar el sacado.....