El Tribunal decretó medida provisional de protección solamente a la producción de zanahoria, en virtud que la mencionada producción de ajo sembrado en la totalidad del terreno según se evidencia de la inspección practicada por este Tribunal; y en consecuencia ordenó a cualquier autoridad se abstenga de practicar cualquier medida ejecutiva, ejecución de cualquier acto judicial que conlleve a la desposesión, ruina, paralización, desmejoramiento o destrucción de la producción de zanahoria ubicada en el sitio denominado "MISINIS", caserío Misinta, Mucuchies, Municipio Rangel del Estado Mérida. Así mismo, ordenó al ciudadano JOSE RAMON JAIMES DELGADO, abstenerse de realizar cualquier amenaza de paralización, ruina, desmejoramiento o destrucción de la actividad agrícola (zanahoria). Igualmente se le hace saber que a los fines de garantizar los derechos a la defensa, se le concede tres días, más un día de termino de distancia para que en caso de que lo consideren pertinente interponer los.....