declara validas todas las actuaciones, hechas, por el Juzgado de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, así como la de los demás actos subsiguientes al mismo, , mediante decisión de fecha 08 de octubre de 2013,, mediante la cual se declaró incompetente en razón de la materia, y el territorio, y declinó la competencia para ante este Juzgado. Así se establece.