El Tribunal decretó medida provisional de protección a la producción, solicitada por el abogado PEDRO JULIO RIOS VARELA, en representación del ciudadano ALONZO PEREZ DEZZEO, para evitar limitaciones del libre pastoreo, mejorar alimentación y desenvolvimiento del ganado por toda la finca lo que dará resultado una mayor producción y engorde de los animales para su comercialización, para evitar la lesión y destrucción a la producción y en consecuencia ordene a cualquier autoridad se abstenga de practicar cualquier medida ejecutiva, ejecución de cualquier sentencia o cualquier acto judicial que conlleve a la disposición o desalojo, por el daño en dos lotes de terreno denominados "EL PEDREGAL EL MACHO", jurisdicción de la Parroquia Jají, Municipio Campo Elías del Estado Mérida.