Este tribunal Administrando Justicia en nombre de La República y por Autoridad de La Ley DECRETA LA PERENCION DE LA INSTANCIA de la presente causa. Por cuanto se cumplió con la citación de la parte demandada, se acuerda notificar a las partes actora y/o sus apoderados judiciales y demandada, que una vez que conste en autos la última de las notificaciones, en el primer día de Despacho siguiente comenzará a correr el lapso para la interposición del recurso de apelación. Una vez firme la presente decisión remítase al Archivo Judicial. Líbrese boleta de notificación.