Este tribunal Administrando Justicia en nombre de La República y por Autoridad de La Ley DECRETA LA PERENCION BREVE de la presente causa. Se suspende la Medida de Embargo Preventivo decretada en fecha 20-05-06 y no practiada. Se acuerda la notificación del demandante, que una vez que conste en autos su notificación, en el primer día de Despacho siguiente comenzará a correr el lapso para la interposición del recurso de apelación. Declarada firme la presente decisión procédase al archivo del expediente.