Este tribunal Administrando Justicia en nombre de La República y por Autoridad de La Ley DECRETA LA PERENCION BREVE de la presente causa. Se suspende la medida preventiva de embargo decretada por este tribunal por auto de fecha 19-09-06, sobre bienes muebles propiedad de la demandada empresa y no practicado. Se acuerda la notificación del demandante en su domicilio procesal, que una vez que conste en autos su notificación, en el primer día de Despacho siguiente comenzará a correr el lapso para la interposición del recurso de apelación, declarada firme la presente decisión procédase al archivo del expediente y remítase con oficio al Archivo Judicial.