que en el Expediente Principal, por auto de esta misma fecha, se declaró la Perención de Instancia, es por lo que, este Juzgado de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio césar Salas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, acuerda dejar sin efecto la Medida Preventiva de Secuestro, acordada sobre un inmueble consistente en una casa para habitación familiar, ubicada en la población y Parroquia Arapuey, en la Avenida 01, Municipio Julio Cesar Salas del Estado Mérida. Se ordena la unificación del Cuaderno de Medida al Expediente principal. Se acuerda la notificación de las partes