JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, Primero de Noviembre de Dos Mil Diez.
200º y 151º
Por recibida por distribución la anterior solicitud de divorcio fundamentado en el artículo 185-A del CÓDIGO CIVIL, junto con los recaudos acompañados, es por lo que acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. Y vista la solicitud presentada por los ciudadanos NELSON RAUL PRIETO y DIANANTONIA PAREDES DE PRIETO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, Titulares de las cedulas de identidad Nros. V.- 4.996.025 y 8.002.061, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Mérida, Estado Mérida y hábiles, debidamente asistidos por el abogado JOSUE J. SUAREZ PAREDES, titular de la cedula de identidad N° V.- 11.956.558 e inscrito en el IPSA bajo el Nro. 106.657, de este domicilio y hábil, POR: DIVORCIO, de acuerdo a lo previsto en el artículo 185 - A del Código Civil Venezolano .....