L A D I S P O S I T I V A
En fuerza a las razones que anteceden y en mérito al valor jurídico de los mismos, este Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Primero: CON LUGAR la CONFESIÓN FICTA, en que incurrió la empresa mercantil Multiservicios MILENIO JDT C.A., parte demandada, representada por su Director General ciudadano Jesús Daniel Trejo y Maryjes Carrero Díaz, en su carácter de fiadora principal, por no haber realizado la contestación al fondo de la demanda en el término previsto en la ley, no promover ni evacuar prueba alguna que desvirtuara la pretensión del actor.
Segundo: CON LUGAR la demanda por RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y COBRO DE BOLÍVARES (LOCAL COMERCIAL), interpuesta por la empresa mercantil VIMECA, Administradora de Inmuebles e Inversiones SRL, representada por el c.....