JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Diez de Noviembre de Dos Mil Diez.
200º y 151º
Por recibido previa distribución el anterior libelo de la demanda junto con los recaudos acompañados, es por lo que acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, Visto el libelo de la demanda presentado por los ciudadanos VICENZO DI MODUGNO y ANNA MONTARULI DE DI MODUGNO, venezolano el primero e italiana la segunda, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de identidad Nros. V.- 10.103.839 y E.- 96.539, en su orden, a través de su Apoderado General abogado TOMMASO DI MODUGNO MONTARULI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 10.713.206, de este domicilio y hábil; debidamente asistido por el abogado ELIECER ILLICH CARRERO, Titular de la cédula de identidad Nro. V.- 12.799.522, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 88.127, de este domicilio .....