L A D I S P O S I T I V A
En fuerza a las razones que anteceden y en mérito al valor jurídico de los mismos, este Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Primero: CON LUGAR la demanda por DESALOJO, literal a), interpuesta por el ciudadano Lino Valero Rodriguez, asistido por el abogado Nestor Jacobo Bernal Mora; contra el ciudadano Walbover Enrique Peña Mercado.
Segundo: Se le condena al ciudadano Walbover Enrique Peña Mercado a pagar la cantidad de seis mil ochocientos bolívares (Bs.6.800,oo), por cánones de arrendamientos insolutos que comprende desde enero de 2008 a Octubre de 2010, a razón de Bs.200,oo. Igualmente se le condena a entregar el inmueble, totalmente desocupado de personas y bienes, al ciudadano Lino Valero Rodriguez, en su condición de copropietario, o a la persona que este indique......