L A D I S P O S I T I V A.
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; este TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Primero: CON LUGAR la Acción por VENCIMIENTO DE PRORROGA LEGAL, incoado por la empresa mercantil "Servicios Integrales Quintero-Nuñez, C.A., a través de sus apoderados judiciales abogados Daniel Enrique Quintero Sutil y Rafael Ernesto Serrano; contra el ciudadano Orlando Jose Pereira.
Segundo: Se le ordena al ciudadano Orlando Jose Pereira a realizar la entrega del local, objeto del presente litigio, a la empresa mercantil "Servicios Integrales Quintero-Nuñez, C.A., en su representante legal, o a sus apoderados judiciales.
Tercero: Se le condena al ciudadano Orlando Jose .....