JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Veintisiete de Octubre de Dos Mil Diez.
200º y 151º
Por recibido el anterior libelo de la demanda junto con los recaudos acompañados, es por lo que acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, visto el libelo de la demanda presentada por la empresa mercantil GERCECA S.R.L., a través de su apoderada judicial abogada MARIA ANDREINA ORTA DE CELIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 8.007.346, inscrita en el IPSA bajo el N° 23.745, de este domicilio y hábil. CONTRA: la ciudadana CLEIDA COROMOTO ALBORNOZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 10.109.274, de este domicilio y hábil; por VENCIMIENTO DE PRORROGA LEGAL, por cuanto la misma no es contraria a la Ley, al orden Público, o las buenas costumbres y además porque este Tribunal es compete.....