"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 28 de febrero de 2011 (f. 100), por el abogado en ejercicio José Ascención Andrade Ávila, co-apoderado actor, contra la SENTENCIA DEFINITIVA dictada por este Juzgado en fecha 23 de febrero de 2011. Así se decide..."