"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando en su competencia Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO solicitada, en consecuencia, se ordena al Registrador Principal del Estado Mérida, la corrección de la Partida de Nacimiento de la ciudadana MARIA ELENA COLLS DE GUATARASMA ya identificada, inserta por ante el mencionado Principal bajo el Nº 195, folio 28, del año 1944, donde se identifica en dicha acta en la Nota Marginal el apellido de mi padre como Cols, siendo lo correcto "COLLS". Y así se decide..."