"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, le imparte su Homologación a la TRANSACCIÓN celebrada entre las partes, ya identificadas, en fecha 11 de junio de 2.007, por ante este Juzgado, en los mismos términos expuestos. En consecuencia, téngase el presente juicio, por cumplimiento de contrato de Arrendamiento, intentado por SILVIA DAVILA GRISOLIA Y JOSE RAFAEL MORA TREJO, apoderados especiales de IVAN ALFONSO OSUNA DUGARTE, contra los ciudadanos HECTOR ALFONSO LOBATON ORELLANA Y GLADYS RAMONA MENDEZ MORA, como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto se de cumplimiento a lo establecido en dicha transacción..."