"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: La NULIDAD de todas las actuaciones comprendidas desde el folio ciento setenta y seis (176 ¿ Pieza I) al folio cuatrocientos cincuenta y cinco (455 ¿ Pieza II), inclusive. Así se decide..."