se ordena la INTIMACIÓN del ciudadano DALTÓN CALDERÓN RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V -2.459.841, domiciliado en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil, para que comparezca dentro de los DIEZ (10) DÍAS DE DESPACHO siguientes al que conste en autos su intimación, para que pague la cantidad estimada o ejerza el derecho de retasa, todo esto de conformidad con la doctrina establecida por la Sala de Casación Civil a través de decisión dictada en fecha veintisiete (27) de agosto de dos mil cuatro (2004), caso H. Martínez contra el Banco Industrial de Venezuela, C.A., con ponencia del Magistrado Dr. Antonio Ramírez Jiménez, siguiendo el presente procedimiento los trámites previstos en los artículos 25 y siguientes de la Ley de Abogados.
DADO, SELLADO Y FIRMADO EN LA SALA DE DESPACHO DE ESTE JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. En la Ciudad de Mérida, a .....